martes, 23 de octubre de 2012

Conclusiones del informe de la Contraloría General del Estado al examen realizado en el Hospital Universitario


RESISTENCIA DE HORMIGÒN NO CUMPLE CON VALOR DE RESISTENCIA REQUERIDA.

Conclusión:

El proveedor de hormigón a favor de quien se emitió las órdenes de compra para proveer 432 m3 de hormigón con una resistencia a la compresión a los 28 días de 280 Kg/cm2, entregó 120,32 m3 de hormigón que no cumplía con las especificaciones técnicas del diseño estructural, ni con el valor mínimo permisible de esfuerzo de resistencia a la compresión simple especificado en las normas del A. C. I., lo que conllevo a que la Universidad de Guayaquil, realice gastos pro estudios y trabajos de reforzamiento estructural por un total de 6.526,74 USD.

Recomendación:

Al Rector.- Dispondrá al Vicerrector Administrativo y al Director Técnico de Obras Universitarias que para futuras compras de este tipo de material, el pago se realice en dos partes, una parte contra entrega del material en el sitio de la obra, y el saldo se cancelará luego de los 28 días de la fecha de vaciado, contra la obtención de los resultados de resistencia solicitados por la entidad, resultados que serán analizados de acuerdo al criterio de aceptabilidad expresado en la norma A. C. I. 214, y para los casos en los cuales no se cumple con los resultados requeridos por la entidad, tomara las acciones legales correspondientes.

CONSTRUCCIÓN Y DISEÑOS REALIZADOS SIMULTANEAMENTE.

Conclusión:

El Rector al permitir que durante el desarrollo de la ejecución del proyecto S. H. D. U. G., las actividades de construcción y diseño se realicen simultáneamente, continuó con el incumplimiento de observar un proceso de etapas sucesivas durante la ejecución de este proyecto.

Recomendación:

Al Rector.- Dispondrá al Director del Departamento Técnico de Obras Universitarias, que antes de solicitar la autorización para la ejecución de una obra, certifique de manera documentada que el proyecto cuenta con todos los estudios y diseños definitivos actualizados, a los que deberá adjuntarse los presupuestos y los cronogramas de avance físico y económico.
  
PARALIZACIÒN DE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÒN.

Conclusión:

El Rector de la Universidad de Guayaquil ordenó la paralización del proceso constructivo el 30 de mayo del 2006, los miembros de la Comisión Técnica de Obras Universitarias, que sesionaron el 17 de agosto del 2006 recomendaron al Consejo Universitario ratificar la decisión que tomó el Rector de paralizar el proceso constructivo, y los miembros del Consejo Universitario que integraron la sesión del 6 de septiembre del 2006 que ratificaron la paralización de los trabajos de construcción del proyecto S. H. D. U. G. Todos ellos servidores que sin antes analizar los hechos y evaluar las posibles consecuencias derivadas de paralizar los trabajos de construcción, con respecto al costo final de construcción de la obra y al cumplimiento mismo del objetivo de prestar oportunamente servicios de salud a la comunidad, contribuyendo a paralizar la construcción del proyecto S. H. D. U. G. sin tener argumento técnico valido que justifique esta acción.

Los miembros de la Subcomisión Técnica de Obras Universitarias emitieron dos informes ejecutivos que contienen observaciones y conclusiones que denotan irregularidades en el proceso constructivo del S. H. D. U. G. lo que no refleja la realidad de los hechos sucedidos durante el proceso constructivo.

Los docentes de las Facultades de Arquitectura, Ciencias Administrativas y Ciencias Matemáticas y Físicas de la Universidad de Guayaquil que conformaron la Comisión que realizó una Auditoria Técnica al proceso constructivo existente del proyecto S. H. D. U. G. y que en algunos casos se relaciona con sucesos antecedentes desde el año 1997 y, como resultado, en su informe final emitieron observaciones y conclusiones que no están sustentadas en argumentos técnicos validos e indiscutibles que denotan al realidad de los hechos sucedidos durante el proceso constructivo.

Recomendación:

Al Consejo Universitario.- Implementar las medidas necesarias para el reinicio y terminación de las obras que fueran paralizadas, considerando los procesos más beneficiosos para la entidad, los cuales deberán estar dentro del marco de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Para la toma de decisiones referentes a la paralización de obras, analizaran los fundamentos técnicos, legales y económicos, así como la conveniencia institucional.
  
FALTA DE CONTROLES EN LA UTILIZACIÒN DE RECURSOS.

Conclusión:

El Director Técnico – Administrativo – Financiero del Proyecto S. H. D. U. G., no realizó una programación financiera de gastos, lo que no permitió el manejo eficiente de los recursos económicos de los que la institución disponía para terminar la construcción del proyecto S. H. D. U. G.

El Consejo Universitario, no estableció procedimientos para el control de la ejecución de obras bajo la modalidad de administración directa, para vigilar el cumplimiento eficiente de los objetivos.

Recomendación:

Al Consejo Universitario.- Implementará los controles necesarios para garantizar un óptimo y eficiente uso de los recursos de los que dispone la entidad para la ejecución de proyectos planificados por la entidad.
  
CONVENIOS Y CONTRATOS SUSCRITOS CON SERVIDORES QUE REALIZARON AUDITORIA TECNICA.

Conclusión:

El Rector suscribió tres contratos con el objeto de realizar estudios y desempeñar cargos directivos en el proyecto S. H. D. U. G. con docentes que integraron la comisión que realizó la auditoria técnica al proceso constructivo del S. H. D. U. G., y dos convenios para terminar las construcciones de los edificios del proyecto; por un monto de 7`436.387,12 USD., incumpliendo la resolución del Consejo Universitario de 6 de septiembre del 2006, según la cual no se debió considerar la participación del personal que intervinieron en el proceso de paralización de los trabajos de construcción. El Decano de la Facultad de Ciencias Medicas, el Director del Departamento Técnico de Obras Universitarias y el Director Financiero general, en su calidad de miembros del directorio de la nueva unidad ejecutora, autorizaron dichas contrataciones.

Recomendación:

Al Consejo Universitario.- Dispondrá y vigilará para que se diversifique la participación de los servidores de los que dispone la institución, de tal manera que se evite la concentración de responsabilidades y obligaciones, con la finalidad de obtener al final de una gestión, resultados objetivos e independientes.

RECOMENDACIÓN Y APROBACIÒN DE PARALIZACIÒN DE TRABAJOS DE CONSTRUCCIÒN REALIZADA POR LOS MISMOS SERVIDORES.

Conclusión:

Los miembros integrantes del Consejo Universitario no precautelaron la independencia y separación de funciones en los procesos, acciones y decisiones tomadas con respecto a la ejecución del proyecto S. H. D. U. G., motivo por el cual en eventos sucedidos con respecto a la construcción del proyecto, existió servidores con niveles de autoridad que tenían cargos en distintos organismos de la Universidad de Guayaquil, que aprobaron lo que ellos mismos recomendaron.

Recomendación:

Al Consejo Universitario.- Cuando se requiera y sea necesario conformar subcomisiones se considerara y tomara en cuenta al personal técnico afín con la actividad que se está desarrollando, personal que no deberá ser miembro de las comisiones existentes ni del Consejo Universitario con la finalidad que se tenga independencia en la actuación de los profesionales que sean designados.
  
NO SE REALIZÒ SUSCRIPCIÒN DE ACTAS DE ENTREGA – RECEPCIÒN DE LAS OBRAS QUE FUERON PARALIZADAS.

Conclusión:

El Rector, al 30 de mayo del 2006, fecha en la cual emitió la disposición y orden de paralización de los trabajos de construcción del proyecto S. H. D. U. G., no dispuso la conformación de una comisión para que elabore una acta de entrega – recepción de las obras ejecutadas hasta la fecha, por lo que hasta el 30 de octubre del 2009 fecha de corte de la presente acción de control, la institución no dispone de una acta oficial de liquidación de obra en la cual se especifique rubros y cantidades ejecutadas hasta la paralización de los trabajos, información indispensable para el reinicio de las obras.

Recomendación:

Al Consejo Universitario.- dispondrá al Rector, realizar las gestiones para suscribir el acta entrega – recepción de las obras civiles e instalaciones, ejecutadas hasta el 30 de mayo del 2006, especificando cada uno de los rubros existentes en el proyecto, y cuyos avances físicos acumulados fueron reportados en el anexo 2 del informe de fiscalización 69, correspondiente al mes de mayo del 2006, esta acta deberá estar debidamente validada por la fiscalización que actuó hasta la paralización de la obra y certificada por la autoridad competente, documento en el que se dejará constancia del estado de las mismas.
  
VALORES DE FONDO ROTATIVO PARA LA CONSTRUCCIÒN UTILIZADOS EN OTROS ITEMS.

Conclusión:

El Consejo Universitario y el Rector de la Universidad de Guayaquil, respectivamente autorizaron y ordenó el pago sin sustente de 10.000 USD a favor de un profesional del derecho para la defensa jurídica personal del Decano de la Facultad de Arquitectura.

Recomendación:

Autorizará gastos que tengan relación con los fines institucionales y que cuenten con la documentación de respaldo.

DETERIORO DE EQUIPOS DE CLIMATIZACIÒN POR FALTA DE USO Y DE MANTENIMIENTO.

Conclusión:

Los equipos de climatización adquiridos por la entidad, por efectos del desuso y falta de mantenimiento, se han deteriorado de manera progresiva, ya que no se han tomado las medidas correctivas para evitar este hecho, ocasionando el deterioro prematuro, y de seguir esta situación de desuso y abandono, la potencial perdida de las inversiones realizadas.

Recomendación:

Dispondrá al rector, que realice las gestiones ante los contratistas para que se concluya con los trabajos faltantes que permitan poner operativos los sistemas de climatización. Una vez concluidos, designe una comisión para la recepción de la obra, diligencia que contará en las respectiva acta entrega – recepción.

GASTOS POR CONTRATOS DE CONSULTORIA RELACIONADOS CON DISEÑOS YA EXISTENTES.

Conclusión:

El Director de Fiscalización y el Director Técnico - Administrativo – Financiero no analizaron el hecho de recomendar y contratar revisiones de diseños ya existentes desde el año 2005, así como el diseño de una nueva planta de tratamiento que no justifica, por lo cual la Universidad de Guayaquil realizó pagos por trabajos relacionados a diseños ya existentes por el valor de 70.580,08 USD, que representan el 62,91% del monto total contratado.

Recomendación:

Al Rector.- dispondrá al área correspondiente, realice el mantenimiento rutinario y preventivo de la actual planta de tratamiento, que tiene capacidad suficiente para abastecer a todo el conjunto con que cuenta la Universidad de Guayaquil.

Con la finalidad de evitar situaciones similares, y contrataciones que económicamente no convienen a la institución, en futuros procesos constructivos de obras ejecutadas por la Universidad de Guayaquil, se implementara la participación de un supervisor que guarde independencia, con la finalidad de que con su accionar y asesoramiento a las máximas autoridades, vigilar y precautelar los intereses de la entidad.
  
SUSCRIPCIÒN DE CONTRATOS Y DESICIONES DE ACTOS ADMINISTRATIVOS, SIN PREVIA AUTORIZACIÒN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO.

Conclusión:

El Rector, los miembros de la subcomisión Técnica de Obras Universitarias, y los miembros del Directorio de la nueva Unidad Ejecutora, autorizaron la suscripción de contratos, tomaron decisiones y realizaron actos administrativos, sin previo conocimiento y autorización del Consejo Universitario.

Por disposición de los miembros que integraron la Subcomisión Técnica de Obras Universitarias que sesionó el 6 de enero del 2006, la entidad pagó injustificadamente y sin base legal al no existir autorización del Consejo Universitario, 8.500,00 USD a los siete docentes de la entidad que realizaron una auditoria técnica al proceso constructivo del proyecto S. H. D. U. G., docentes que por no tener experiencia en funciones de auditoría, informaron observaciones que denotan fallas e incumplimientos durante el proceso constructivo que fue ejecutado hasta el 30 de mayo del 2006, observaciones que se estableció que no tienen argumentos técnicos validos e indiscutibles que reflejan la realidad de los hechos sucedidos durante el proceso constructivo, y por  las cuales se tuvo resultados negativos para la institución, puesto que fue en base a estas observaciones que se justificó y ratificó la paralización de los trabajos de construcción del proyecto, razón por la cual no se consiguió el objetivo institucional de terminación y funcionamiento de este proyecto hospitalario.

Recomendación:

Al Consejo Universitario.- Dispondrá al Rector de la Universidad de Guayaquil, Decanos de las facultades, y Directores de los demás cuerpos colegiados, requieran la autorización del nivel inmediato superior, previo a la toma de desiciones.

CONTROL PREVIO A LA APROBACIÒN Y A LA AUTORIZACIÒN DE PAGO DE PLANILLAS.

Conclusión:

El Director de Fiscalización no verificó con exactitud las cantidades de obras ejecutadas, con lo cual aprobó palmillas con volúmenes superiores a los ejecutados, lo que ocasionó un pago en exceso de 2.162,75 USD

Recomendación:

Al Rector.- Dispondrá a la fiscalización, que previo a la aprobación de las planillas de obra, verifique la exactitud de las cantidades de obras ejecutadas.

Dispondrá al Director Financiero la recuperación por parte del Directo de Fiscalización de los valores pagados en exceso.

Fuente: Informe general del examen especial de ingeniería a varias obras ejecutadas, por el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2005 y el 30 de octubre del 2009, en el Hospital Docente Universitario de la Universidad de Guayaquil.

No hay comentarios:

Publicar un comentario